Cuando mi cuenta de Twitter fue suspendida “permanentemente”, una de las cosas más molestas de ello, naturalmente, fue el temor a perder una enorme cantidad de datos y de trabajo personal: cosas que escribí durante años, contacto con gente que me caía bien, conversaciones que quería tener a mano, etcétera. Supongo que es un temor común para cualquier persona a la que le suspenden la cuenta: la buena noticia es que, hasta cierto punto, esta información se puede recuperar en todos los casos.
Una cosa que no se suele saber con mucha precisión es que toda persona tiene derecho a acceder a los datos sometidos a tratamiento que una empresa tenga sobre ella. A nivel español, así lo dice el artículo 15 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (“El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos. La información podrá obtenerse mediante la mera consulta de los datos por medio de su visualización, o la indicación de los datos que son objeto de tratamiento mediante escrito, copia, telecopia o fotocopia, certificada o no, en forma legible e inteligible, sin utilizar claves o códigos que requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos”). A nivel europeo, lo reafirma el artículo 20 del Reglamento General de Protección de Datos (“El interesado tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban, que haya facilitado a un responsable del tratamiento, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impida el responsable al que se los hubiera facilitado”).
El acceso a los datos se tiene que facilitar en un período de un mes desde que se pide, salvo excepciones en las que se podría alargar este período si justifican por qué necesitan más tiempo. Por supuesto, el acceso a los datos tiene que ser gratuito, no pueden cobrar por ello.
Ahora, además de que es algo que no se suele saber, está bastante escondido. Para recuperar los datos de mi cuenta suspendida yo necesité ayuda de mi abogada, Yaiza Alzola, del despacho Nomad Legal (su web es https://nomadlegal.es y su cuenta de Instagram es https://www.instagram.com/nomadlegal.es/). Así que ella hizo posible este tutorial. También hizo posible que me devolvieran la cuenta, directamente, pero bueno, para eso tuvieron que pasar muchos meses más, es otra historia y es un proceso complicado que además puede no salir bien. En cambio, recuperar la información de una cuenta suspendida sí es más sencillo, sí se tarda menos y sí sale bien siempre porque la empresa tiene la obligación de darlos aunque efectivamente se mantenga la expulsión, vamos.






